Auxilios de Solidaridad

Todo sobre auxilios, beneficiarios, comité y fondo de solidaridad

Uno de los principios fundamentales de la Cooperativa es la solidaridad. Los auxilios de solidaridad son ayudas económicas que benefician a los asociados en circunstancias especiales

Sobre el proceso de solicitud del auxilio

Consideraciones y requisitos

  • Las solicitudes de auxilio serán atendidas en el orden en que sean recibidas y radicadas por el Comité de Solidaridad.
  • Igualmente la cantidad de auxilios otorgados dependerá de la disponibilidad de los fondos con que cuente el Fondo de Solidaridad.
  • Los Asociados dispondrán de un término de treinta (30) días calendario a partir de la fecha de la calamidad o infortunio, para presentar la documentación a solicitar el auxilio respectivo.
  • Para el pago de los auxilios será requisito indispensable la presentación de los documentos que acrediten la calidad de beneficiario del Asociado, la certificación de defunción, el certificado de nacimiento, la cancelación de la hospitalización o gastos médicos, fórmulas médicas y demás documentos para cada caso; documentos que a juicio del Comité de Solidaridad sean pertinentes para establecer la veracidad de los hechos y los cuales no deben presentar enmendaduras, tachones, ni alteraciones. El Comité de Solidaridad se reserva el derecho de comprobar la veracidad de estos.
  • Debes tener una antigüedad como asociado de seis (6) meses)
  • Toda solicitud debe presentarse en un plazo máximo de 30 días a partir de la fecha en que ocurre el evento.

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Sobre fraude en la solicitud del auxilio

En el caso de que el Comité de Solidaridad compruebe que el Asociado ha incurrido en falsedad de documentos para hacerse acreedor a alguno de los auxilios antes mencionados, informará al Consejo de Administración y a los organismos de Control y Vigilancia, para que éstos tomen las medidas pertinentes de acuerdo con lo establecido en los Artículos 17 y 18, de los Estatutos Vigentes de COOAUTÓNOMA.

 

El Comité de Solidaridad resolverá cada caso a partir de la fecha en que sea presentada la solicitud de auxilio por el Asociado o Beneficiario según el caso e informará de esto al Consejo de Administración.

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