La Cooperativa otorgará al Asociado como auxilio para cubrir gastos de atención médica (no fines estéticos) así: hasta el 30% sobre el valor de la factura legal y hasta por un SMMLV y esta factura debe estar por conceptos gastos de medicamentos, exámenes, hospitalización y que no cubra la EPS, a la cual estén afiliados. Se coloca un tope máximo para este auxilio por el 30% sobre el valor de la factura legal y hasta un (1) S.M.M.L.V
El asociado podrá hacer uso del auxilio por medicamentos una vez por año.