
Calamidad
Se entiende por calamidad doméstica cualquier emergencia o caso fortuito que se le presente al asociado(a), tales como, muerte, accidentes, incendios, inundaciones, terremotos o situaciones económicas y sociales que lesionen su integridad personal y la de su familia.
Para ello se otorgará un auxilio del 50% sobre el valor de la factura original presentada y hasta el equivalente a un (1) salario mínimo legal mensual vigente y según la gravedad del hecho, previa comprobación del Comité de Solidaridad.
Para la solicitud de auxilio por calamidad, el asociado deberá presentar una carta exponiendo su caso.
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